La realidad carcelaria en tiempos de COVID-19 en el Perú


Quizás la mayor virtud que ha tenido esta crisis sanitaria en materia estructural y de políticas públicas, es haber sacado a flote lo que funciona mal.  Por ende, reflexionar sobre una institución, como es el sistema penitenciario en el Perú, debería dejar de ser una tarea pendiente y pasar de ser el último eslabón de una gran cadena de fracasos sociales y políticas, a una prioridad, tanto para el poder legislativo como para el ejecutivo. Puesto que dicho desinterés tiene una repercusión directa en la ciudadanía, en ámbitos como la seguridad, el crimen organizado y hoy en día, en el aspecto sanitario, producto de la proliferación del covid-19 en la región. Esto debido a muchos factores que involucran desde luego a grupos de actores, como son los trabajadores penitenciarios (médicos, trabajadores sociales y administrativos) y la población de internos de los 68 penales del país, los mismos que han sobrepoblado sus estructuras a causa del hacinamiento, saboteando una de las principales medidas de bioseguridad, que es el distanciamiento social. Otro de los factores que evidencian un riesgo latente dentro de esta población, es contar con una precaria asistencia médica (65 para la población carcelaria del país) y de salubridad tomando en cuenta que un 20% de los internos tienen algún tipo de vulnerabilidad frente al covid 19: 2980 padecen de tuberculosis, 828 son portadores VIH/SIDA, y sobre ello existen 4824 que son adultos mayores (con más de 60 años), todo esto según datos recientes que maneja el instituto nacional penitenciario.


Cuando el Poder Ejecutivo tuvo que declarar la emergencia sanitaria nacional por noventa días. Esta norma, no incluyó en sus alcances a los centros de detención dependientes del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) y del Programa Nacional de Centros Juveniles (PRONACEJ). Como bien reclama la Defensoría del Pueblo: “La población privada de libertad tampoco fue incluida de forma expresa en el Plan nacional de preparación y respuesta al riesgo de la introducción del coronavirus 2019-nCoV (resolución ministerial 039-2020/MINSA).

Esta ausencia de medidas trajo pronto una serie de consecuencias que agudizaron la crisis por la que aun atraviesa el país, provocando desde luego una serie de hechos y movilizaciones desde el interior de las prisiones (motines y revueltas).

 

En medio de la tormenta e incertidumbre, se encendió el debate, sobre las medidas que debería de adoptar el gobierno, sumado a ello las especulaciones mediáticas en base a estrategias adoptadas por países vecinos, en materia penal y con una población poco informada, recriminando a diestra y siniestra, lo que se merece la población carcelaria.

 

A raíz de ello sería importante precisar que este eslabón del sistema de justicia, no solo está conformado por personas que purgan condena o esperan sus sentencias en un recinto penitenciario, o que dentro de ellos, incluso encontraremos categorías de reclusos; si no, que hay toda una red de personas que hacen posible el funcionamiento de las cárceles y su administración; en este caso una red que se diversifica y acrecienta aún más si pensamos en las familias que estas lo conforman, las que hoy en día se ven vulnerables y expuestas por falta de medidas sanitarias.

 

Es por ello, que debemos enfocarnos en esta población y en su conjunto, puesto que "La pandemia del COVID-19 puede afectar gravemente la plena vigencia de los derechos humanos de la población en virtud de los serios riesgos para la vida, salud e integridad personal que supone el COVID-19; así como sus impactos de inmediato, mediano y largo plazo sobre las sociedades en general, y sobre las personas y grupos en situación de especial vulnerabilidad".

 

En conclusión, estamos frente a una brecha que tiene muchas aristas sobre las que se deben trabajar, institucionalmente y también con la sociedad civil.  Para poder lograr que a mediano y largo plazo se consigan buenos resultados y las cárceles cumplan su función; no de suplicio o de una escuela en la que se forman delincuentes, si no, la de una pronta reinserción social, con personas que respeten las normas sociales, para lograr el bien común. 


La realidad carcelaria en tiempos de COVID-19 en el Perú
Pabellón 5° A del penal de Lurigancho, Lima,Perú 
Fuente: El País

Bibliografía

  • Declaración de la Corte Interamericana de Derechos Humanos 1/20, de 9 de abril de 2020, p. 2.
  • Grupo Temático de Ciencias Sociales-MINSA, de mayo de 2020, P. 109.
  • Disturbio en las prisiones de Lima, 20 de abril de 2020, Fotografías, Diario el País.

3 Comentarios

  1. Muy buena reseña , felicitaciones .

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    1. Gracias, no dejes de darte una vuelta por esta ventana en la que tratamos de proponer temas de analisis y debate.

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  2. Es un tema amplio y lo has sintetizado bien.

    La consigna siempre deberá ser que haya un acompañamiento al ex carcelario; actividades comunitarias que los haga ser cocientes de lo que sucede a su alrededor, para luego atender sus proyectos personales. Antes entendiendo que hay niveles puesto que todos no avanzan de igual manera. Lo importante es que haya discusión e interés en no excluirlos.

    Lo estas haciendo bien Ivan, felicidades.

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